Texturas Gratis — Anillos

Nuevo juego de Tex­tu­ras para des­car­gar com­ple­ta­mente GRATIS y con motivo del Día de la Tie­rra.

Ani­llos de arbo­les caí­dos… Los arbo­les caí­dos debido a la tor­menta tro­pi­cal Sandy en un par­que cer­cano. Los arbo­les son cor­ta­dos por la ciu­dad y con­ver­ti­dos en fer­ti­li­zante para los nue­vos arbo­les que se siem­bran. Renovación!!

Algu­nas notas antes de descargar:

Licen­cia y Uso de los Recur­sos Gratis

Las tex­tu­ras pro­vis­tas aquí en Pho­to­gra­fia son com­ple­ta­mente gra­tis y pue­den ser usa­das en cual­quier tipo de pro­yecto, ya sea per­so­nal o comer­cial sin nece­si­dad de pro­veer atri­bu­ción. Le agra­de­ce­ría­mos una dona­ción si usted se siente generoso. :-)

Por favor no hos­pede las tex­tu­ras en otra pagina web o redis­tri­bu­yan en su for­mato ori­gi­nal. Si usted quiere com­par­tir­las con otras per­so­nas, por favor dirija los a la pagina de Photografia.

Si estos recur­sos le han logrado bene­fi­cios comer­cia­les, con­si­dere hacer una dona­ción, de cual­quier can­ti­dad, a Photografia.


Tex­tu­ras de Anillos

Libreria Publica Digital de America

Ya ha abierto sus puer­tas la Libe­ria Publica Digi­tal de Amé­rica.

Libreria Publica Digital de America

Una ini­cia­tiva de el Cen­tro Berk­man para la Socie­dad y el Inter­net en Har­vard, la libre­ría publica pro­mete a sus usua­rios acceso a una colec­ción inmensa de con­te­nido inclu­yendo libros elec­tró­ni­cos, manus­cri­tos, obras de arte y por supuesto fotografías.

La libre­ría con­tiene mate­ria­les pro­ve­nien­tes del Ins­ti­tuto Smit­so­niano, la Libe­ria Digi­tal de Geor­gia y muchos otros.

Usted puede hacer bús­que­das en la nueva libre­ría por loca­li­dad, fecha y por el tipo de exhi­bi­ción. La pagina Web per­mite ade­mas el acceso desde telé­fo­nos y tabletas.

City Hall

Ima­gen cor­te­sía de la Libe­ria Publica Digi­tal de América

La libre­ría con­tiene mate­rial foto­grá­fico desde 1822 (año en que se empezó a uti­li­zar la foto­gra­fía) hasta la fecha.

Las sen­ten­cias que defi­nen la libre­ría son:

La DPLA quiere ser un por­tal, una pla­ta­forma y un defen­sor. Un por­tal que entrega una abun­dan­cia de recur­sos a todo el mundo; donde quiera que se encuen­tren; una pla­ta­forma abierta que per­mita a los desa­rro­lla­do­res hacer uso del con­te­nido y lle­varlo al publico en for­mas nue­vas e inno­va­do­ras; y un defen­sor del publico bien infor­mado para el siglo 21.

Libe­ria Publica Digi­tal de Amé­rica DP.LA. (via Peta­Pi­xel)

Los 10 Mandamientos del Copyright

Los Pilares

Con­ti­nuando con el tema de ayer sobre los dere­chos de los fotó­gra­fos con res­pecto a sus foto­gra­fías, que­ría agre­gar lo que se conoce como los 10 Man­da­mien­tos del Copy­right según el Pic­ture Archive Coun­cil of Ame­rica (PACA).

  1. En el momento que una foto es creada, esta pro­te­gida por los dere­chos de copia (copy­right). Use la marca de agua en sus foto­gra­fías (©, año de publi­ca­ción, nombre).
  2. El fotó­grafo tiene los dere­chos exclu­si­vos para auto­ri­zar el uso de una foto­gra­fía durante la dura­ción de su vida mas 70 años.
  3. Se debe obte­ner per­miso por escrito antes de usar una foto para pre­ve­nir la vio­la­ción de los derechos.
  4. Se vio­lan los dere­chos cuando hay un uso no auto­ri­zado, sin con­tar algu­nas excep­cio­nes como Uso Apro­piado (ver Fair Use mas abajo) o uso limi­tado a un aula de clases.
  5. Exce­der los tér­mi­nos de una licen­cia es una vio­la­ción de los dere­chos. Usted deberá obte­ner una nueva licen­cia antes de usar la foto de nuevo.
  6. Las san­cio­nes  por vio­la­ción son mone­ta­rias y pue­den ser severas.
  7. Com­bi­nar o alte­rar foto­gra­fías puede reque­rir per­miso de parte de los due­ños de los dere­chos de copia.
  8. Crear una pin­tura o una escul­tura a par­tir de una foto­gra­fía es un dere­cho exclu­sivo de los due­ños de la misma y deberá obte­nerse per­miso con antelación.
  9. Reto­mar o repli­car una foto­gra­fía es un uso no auto­ri­zado y requiere per­miso del dueño de los dere­chos de copia.
  10. Usar toda o alguna parte de una foto­gra­fía como refe­ren­cia para un segundo tra­bajo puede reque­rir per­miso por parte del dueño de los dere­chos de copia.

¿Que es el Uso Apro­piado (Fair Use)?

Uso Apro­piado (Fair Use) es el dere­cho a usar mate­rial con dere­chos reser­va­dos sin el per­miso del dueño. Fue desig­nado como una excep­ción a los dere­chos exclu­si­vos, per­mi­tiendo usos limi­ta­dos y razo­na­bles sin per­miso siem­pre y cuando no per­ju­di­quen los dere­chos del dueño o inter­fie­ran con la mone­ti­za­ción de los trabajos.

Por tanto Uso Apro­piado tiene la inten­ción de per­mi­tir el uso no auto­ri­zado de mate­rial con dere­chos reser­va­dos para el bene­fi­cio de la socie­dad, con la creen­cia de que dicho uso tiene un pro­pó­sito sublime, Sin embargo, el uso apro­piado tiene sus limites.

Espe­cí­fi­ca­mente la sec­ción 107 del Acto de los Dere­chos Reser­va­dos cita:

el uso apro­piado de mate­rial con dere­chos reser­va­dos, inclu­yendo el uso por repro­duc­ción en copias o gra­ba­cio­nes o por otros medios espe­ci­fi­ca­dos por esa sec­ción, para el pro­pó­sito de cri­ti­car, comen­tar, repor­taje de noti­cias, edu­ca­ción (inclu­yendo múl­ti­ples copias para uso en las aulas), becas o tra­ba­jos de inves­ti­ga­ción, no es una vio­la­ción de los dere­chos reser­va­dos. Al deter­mi­nar si el uso en un caso en par­ti­cu­lar es uso apro­piado se deben con­si­de­rar los siguien­tes factores —

  1. el pro­pó­sito y carác­ter del uso, inclu­yendo si el uso es de natu­ra­leza comer­cial o para pro­pó­si­tos edu­ca­cio­na­les sin fines de lucro;
  2. la natu­ra­leza del tra­bajo con los dere­chos reservados;
  3. la can­ti­dad y subs­tan­cia de la por­ción usada en rela­ción al total del tra­bajo con los dere­chos reser­va­dos; y
  4. el efecto del uso sobre el mer­cado poten­cial o el valor del tra­bajo con los dere­chos reservados.

17 USC Sec­tion 107. http://www.copyright.gov/title17/93chap1.html#107

De Quien Son las Fotos?

La foto­gra­fía y las leyes que la protegen…

Asunto que como tan­tos otros temas tiene varios cam­pos y tan­tos pun­tos de vista como fotó­gra­fos en la mar. Vea­mos si pode­mos acla­rar algu­nos puntos…

Imagen cortesía de Stock.xchng

Ima­gen cor­te­sía de Stock.xchng

Por favor note que lo des­crito en este blog, trata sobre los dere­chos en los Esta­dos Uni­dos (Donde vivo). Con­sulte a un abo­gado en su país para deter­mi­nar si las leyes y reglas son las mis­mas. No obs­tante esta acla­ra­ción, es impor­tante saber que muchos paí­ses siguen las mis­mas reglas.

Foto­gra­fía y Derechos

Los tér­mi­nos “Dere­chos de Copia” (Copy­right) son un asunto que se malen­tien­den, espe­cial­mente con res­pecto a la foto­gra­fía. ¿Que es lo que significa?

Dere­chos de Copia (Copy­rights) se refiere a la pro­pie­dad del tra­bajo. Con la pro­pie­dad del tra­bajo usted obtiene cier­tos dere­chos exclu­si­vos sobre esa pro­pie­dad. En el caso de la foto­gra­fía, esos dere­chos incluyen:

  1. Repro­du­cir las fotografías
  2. Crear tra­ba­jos deri­va­dos con esas fotografías
  3. Dis­tri­buir copias de las foto­gra­fías a el publico a tra­vés de la venta, trans­fe­ren­cia de pro­pie­dad o renta, prés­tamo o arrendamiento
  4. Pre­sen­tar las foto­gra­fías públicamente.

¿A quien per­te­ne­cen los Dere­chos de Copia (Copy­right) una vez que la foto ha sido tomada?

Por lo gene­ral una ves que se ha pre­sio­nado el botón del obtu­ra­dor, el fotó­grafo que lo pre­siono, tiene los dere­chos de copia. La excep­ción a la regla son los tra­ba­jos que se sub-contratan. Un sub-contrato puede refe­rirse a dos situaciones:

  1. El fotó­grafo es un empleado con­tra­tado para tomar fotos para el emplea­dos. Un ejem­plo seria un foto-periodista que tra­baja para un perió­dico. Esto no aplica a un fotó­grafo que es con­tra­tado para foto­gra­fiar una boda.
  2. El fotó­grafo que es con­tra­tado para pro­veer foto­gra­fías para colec­cio­nes o com­pi­la­cio­nes y el mismo firma un con­trato que implica que los resul­ta­dos son parte del sub-contrato. Esto implica que los fotó­gra­fos inde­pen­dien­tes solo fun­cio­nan como sub-contratistas, si hay un con­trato presente.

¿Tengo que regis­trar mis foto­gra­fías para ser el dueño de los dere­chos de copia (Copyright)?

No. Si usted tomo lo foto, usted intrín­se­ca­mente tiene los dere­chos de copia. Cuando las fotos no son regis­tra­das con la ofi­cina de Regis­tro de los Esta­dos Uni­dos (o den­tro de los tres meses de la pri­mera publi­ca­ción de la foto), el dueño de los dere­chos de copia solo puede recla­mar “Daños Reales” en vez de “Daños Regla­men­ta­rios”. Las cor­tes cal­cu­las los daños basán­dose en los car­gos están­da­res mas las ganan­cias deri­va­das por la vio­la­ción de los derechos.

¿Que es un tra­bajo Derivado?

Un tra­bajo deri­vado es uno que esta basado en uno o mas tra­ba­jos ante­rio­res. Los tra­ba­jos deri­va­dos inclu­yen revi­sio­nes edi­to­ria­les, ano­ta­cio­nes u otros tipos de modi­fi­ca­cio­nes. El tra­bajo debe ser lo sufi­cien­te­mente dife­rente del ori­gi­nal para ser cla­si­fi­cado como un tra­bajo nuevo; en otras pala­bras, los cam­bios debe­rán ser subs­tan­cia­les y no tri­via­les y sobre todo Originales.

La per­sona que rea­liza el tra­bajo de revi­sión, ano­ta­ción u otros tipos de modi­fi­ca­cio­nes es el dueño del tra­bajo deri­vado. Los dere­chos de copia ori­gi­nal per­te­ne­cen al autor del tra­bajo original.

¿Es la vio­la­ción de los Dere­chos de Copia, un crimen?

Lamen­ta­ble­mente el Gobierno solo per­si­gue las vio­la­cio­nes mas atro­ces, como el caso de pro­duc­tos fal­si­fi­ca­dos. Pero no malen­tienda, es un Cri­men! Le toca a usted per­se­guir a los vio­la­do­res de sus derechos.

¿Que pasa cuando una foto­gra­fía es usada sin mi consentimiento?

Usted tiene varias opcio­nes si usted con­si­dera que sus dere­chos han sido violados:

  1. No hacer Nada—Usted siem­pre tiene el dere­cho de no hacer nada. Si la per­sona que come­tió la vio­la­ción esta en un país extran­jero, puede resul­tar difí­cil o no valioso para usted per­se­guir el caso.
  2. Pedir el Cré­dito—Si la pagina donde salio publi­cada la foto puede pro­veer un punto de mer­ca­deo para sus fotos, usted puede soli­ci­tar que se le de cré­dito por su tra­bajo. Si decide tomar esa ini­cia­tiva, redacte una carta ofi­cial dando el dere­cho de usar la(s) imagen(es) desig­nando los pará­me­tros de uso (Quien, Como, Que y Donde). Exija el uso de la infor­ma­ción de dere­chos de copia y/o un enlace a su pro­pia pagina web.
  3. Pre­pa­rar una Nota para Soli­ci­tar la remo­ción de la(s) imagen(es)— Usted puede pre­pa­rar una nota exi­giendo que se remueva la(s) imagen(es). Tome en cuenta que usted puede estar alie­nando a un posi­ble cliente y esto deberá ser tomado como un penúl­timo recurso.
  4. Con­tra­tar a un Abo­gado para enviar una Carta de Demanda— Cuando se con­trata un abo­gado el asunto ha esca­lado a altos nive­les y la ten­sión es mayor. La carta de demanda hace ver que la cosa va en serio. Es un recurso que sobre todo, le va a cos­tar dinero. Es su ultima opción.

He oído hablar de Crea­tive Com­mons. ¿Cual es la dife­ren­cia entre Dere­chos de Copia y ese tipo de Licencia?

Crea­tive Com­mons es un tipo de licen­cia. Una licen­cia sig­ni­fica que usted le otorga algu­nos per­mi­sos suyos a la foto­gra­fía. Por ejem­plo, usted puede per­mi­tir que alguien repro­duzca una de sus fotos en la edi­ción de Enero de una revista. Usted sigue man­te­niendo los dere­chos de copia de la foto, pero usted per­mite su uso. Crea­tive Com­mons pro­vee dife­ren­tes paque­tes de licen­cia sin retri­bu­cio­nes. Esos paque­tes le per­mi­ten a usted ser fle­xi­ble con las licen­cias. Usted puede, por ejem­plo, per­mi­tir el uso comer­cial de una foto y/o si se requiere la atri­bu­ción (Su nom­bre, web­site, etc) con el uso de la misma.

¿Si una foto tiene licen­cia Crea­tive Com­mons la puedo usar de GRATIS?

Si usted ofrece una licen­cia Crea­tive Com­mons con sus fotos, las per­so­nas podran usar sus fotos de gra­tis pero  tiene que seguir las con­di­cio­nes que usted selec­ciono para esa licen­cia. Las licen­cias Crea­tive Com­mons incluyen:

  1. Atri­bu­ción— Esta licen­cia per­mite a otros dis­tri­buir, mez­clar, alte­rar y usar su tra­bajo como fuente, aun de manera comer­cial, siem­pre y cuando se le de cré­dito por su tra­bajo original.
  2. Atribución-No Comer­cial— Esta licen­cia per­mite a otros dis­tri­buir, mez­clar, alte­rar y usar su tra­bajo como fuente, de manera NO comer­cial, siem­pre y aun cuando los nue­vos tra­ba­jos deben ser atri­bui­dos a usted y ser no-comerciales, ellos no tie­nen que obe­de­cer las mis­mas reglas para los tra­ba­jos derivados.
  3. Atribución-No Comercial-No Deri­va­tiva—Esta es la licen­cia mas res­tric­tiva de las seis licen­cias que ofrece Crea­tive Com­mons. Solo per­mite que otros des­car­guen su tra­bajo y lo com­par­tan siem­pre y cuando le den cré­dito, sin cam­biar el mismo o sin usarlo de manera comercial.

Visite la pagina de Crea­tive Com­mons (http://creativecommons.org/) para apren­der mas sobre estas licencias.

¿Nece­sito pro­te­ger mis fotos con una marca de agua?

Usted encon­trara muchas pagi­nas y fotos en el Inter­net que con­tie­nen una marca de agua seña­lando los dere­chos de copia (Copy­right) de sus auto­res. Muchas veces las mis­mas inclu­yen el sím­bolo de © o la pala­bra “Copy­right” con la fecha y el nom­bre del fotó­grafo o estudio.

Una marca de agua deberá con­te­ner tres par­tes: la pri­mera parte es el sím­bolo © o las pala­bra “Dere­chos Reser­va­dos”. La segunda parte es el año en que el tra­bajo fue publi­cado por pri­mera vez. La ter­cera parte es el nom­bre del dueño de los dere­chos de copia. Por lo gene­ral deberá ser algo así:

© 2013 Pedro Pérez

Colo­car una marca de agua no es estric­ta­mente nece­sa­rio pero es una buena idea usarla. ¿Por­que? Pues, por­que cuando usted usa una marca de agua la misma puede pre­ve­nir que las fotos sean roba­das, ya sea por­que sir­ven como recor­da­to­rio de que la foto esta pro­te­gida o por­que inter­fiere con el uso de la misma en el des­tino deseado. Ade­mas  si usted encuen­tra a alguien robando sus fotos esa per­sona no puede decir que no sabia que eran suyas. :-)

¿Cuando puede una per­sona usar las fotos que encuen­tra de manera GRATIS?

Una per­sona solo puede usar las fotos que encuen­tra en el Inter­net de manera gra­tis si las fotos per­te­ne­cen al domi­nio publico, el uso es apro­piado(Fair Use) o el dueño le ha otor­gado a la per­sona una licen­cia gra­tis a tra­vés de Crea­tive Com­mons.

¿Si tomo una foto de una obra de arte o de otra foto, ya sea con una cámara o con el uso de pro­gra­mas (Screen Cap­ture), de quien son los derechos?

Como crea­dor del arte, el dueño tiene dere­chos exclu­si­vos sobre el arte, como son el dere­cho de reproducirlo.

Por favor, note que no soy un abo­gado. Las infor­ma­cio­nes aquí pre­sen­ta­das son una reco­pi­la­ción de infor­ma­cio­nes pre­sen­ta­das por per­so­nas  cono­ce­do­ras de las leyes y dere­chos de los fotógrafos.

Encontrados — El Archivo de la National Geographic

Con motivo de la cele­bra­ción del 125avo aniver­sa­rio de la Socie­dad Natio­nal Geo­grap­hic, la per­sona encar­gada de cui­dar los archi­vos de la misma, el señor William Bon­ner, ha comen­zado a publi­car fotos que podrían con­si­de­rarse como per­di­das en un Blog en la red de Tum­blr.

Found de NatGeo

Found (Encon­tra­dos) ya mues­tra mas de 13 foto­gra­fías que nunca han visto la luz del día en la revista o nin­gún otro lado.

Al señor Bon­ner se le ocu­rrió la idea des­pués de pasar años bus­cando fotos en los archi­vos de la Natio­nal Geo­grap­hic de Washing­ton DC y des­cu­briendo fotos fas­ci­nan­tes de dife­ren­tes perio­dos y lugares.

El nuevo blog es des­crito como:

Una mues­tra que revela cul­tu­ras y momen­tos del pasado. Muchas de estas fotos nunca han sido publi­ca­das y rara vez han sido vis­tas por el publico. Espe­ra­mos poder darle nueva vida a estas imá­ge­nes com­par­tién­do­las con las audien­cias de todas partes.

Si usted tiene una cuenta de Tum­blr usted puede seguir el Blog y reci­bir avi­sos de cuando se actua­li­zan las fotos.

Found (Encon­tra­das) de la Revista Natio­nal Geographic

Es usted dueño de un Lensbaby?

El Sandwich de Lorenzo

Una amiga com­pro recien­te­mente un Lens­baby y esta teniendo muchí­si­mos pro­ble­mas para apren­der a usarlo.

He tra­tado de expli­carle que es un lente que no puede ser usado en todas las imá­ge­nes y que lo mejor es seguir tra­tando hasta encon­trar los suje­tos que fun­cio­nan con el mismo.

Ese es el motivo de la encuesta de día!!


Es usted dueño de un Lensbaby?

  • No (56%, 5 Votos)
  • Que es un Lens­baby? (33%, 3 Votos)
  • Si (11%, 1 Votos)

Total Votan­tes: 9

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Burbujas de Colores

Ahora que en muchas par­tes del mundo se acer­can los meses fríos (hemis­fe­rio Norte) es difí­cil salir a tomar foto­gra­fías de exte­rio­res o paisajes.

No debe­mos dejar que esto nos entris­tece pues exis­ten muchas opor­tu­ni­da­des para foto­gra­fiar en el inte­rior de nues­tros hogares.

Paramecio

Foto por Eduardo Mue­ses – Attribution-NonCommercial-NoDerivs Crea­tive Commons

Uno de esos pro­yec­tos es foto­gra­fiar bur­bu­jas de colo­res usando una sim­ple lista de ingredientes.

Ingre­dien­tes:

  1. Un vaso con agua
  2. Aceite (el aceite de oliva se presta para estas fotos, pero cual­quier tipo puede ser usado.
  3. jabón liquido
  4. Pape­les de colo­res (El papel de rega­los es espe­cial­mente bonito para este proyecto)
  5. Una super­fi­cie esta­ble y con buena iluminación
  6. Un lente macro (o tubos de extensión)
  7. Su Cámara.

Usted puede usar un lente macro o tubos de exten­sión para obte­ner acer­ca­mien­tos de 1:1.

Llene un reci­piente o vaso de cris­tal trans­pa­rente con agua y agre­gue unas cuan­tas gotas de aceite de oliva y dos o tres gotas de jabón liquido (no use mas de dos o tres gotas pues el aceite de oliva se puede disolver).

Fije su cámara en modo de expo­si­ción manual y fije la velo­ci­dad de obtu­ra­ción en 1/250 si va a usar el flash.

Man­tenga el ISO en el punto mas bajo de su cámara y ajuste la poten­cia del flash para balan­cear la luz. Usted puede comen­zar con una aper­tura de ƒ/16.

Mueva el vaso o reci­piente para obte­ner dis­tin­tos ángu­los del aceite flo­tando en el agua.

En su edi­tor de imá­ge­nes ajuste el con­traste y la satu­ra­ción de los colo­res. Ase­gure de que remueve cual­quier mácula o rasgo de polvo en el aceite y el agua.

Tome muchas, muchas fotos!!